La libertad de expresión en la Web
La Nación - 9 de enero de 2012
Internet se ha convertido en un medio clave para que los individuos puedan ejercer su derecho a la libre expresión y opinión, tal como lo garantiza el artículo 14 de la Constitución Argentina, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. En esta línea, un reciente informe publicado y elaborado por la Organización de las Naciones Unidas concluye que el acceso a Internet es un derecho inalienable y se equipara a la libertad de expresión.
Ahora bien, el derecho a expresarse sin censura a través de la Web y sus redes sociales ha suscitado numerosos debates de corte ético y legal. Uno de ellos se refiere al derecho a utilizar seudónimos para acceder y opinar en el ciberespacio.
Quienes defienden la utilización de nombres simulados (conocidos como los " blogu eros anónimos" o, en inglés, nym wars ) invocan los siguientes argumentos principales. Primero, creen que proteger la identidad de quien accede a Internet y opina resulta fundamental para consolidar el sistema democrático. En este sentido, Joinchi Ito, jefe del Media Labor del Instituto Tecnológico de Massachusetts (MIT), dijo que en países autoritarios cada chico que use Internet con su identificación a la vista corre riesgo de terminar en la cárcel. Segundo, la utilización de un alias permite el acceso irrestricto a todo tipo de información que circule por Internet; incluso la más confidencial y prohibida, como la que publica el sitio WikiLeaks (que revela supuestos "secretos de Estado"). A su vez, para garantizar el respeto a la reputación de otros, recomiendan la implementación de un sistema legal como el existente en Chile, que exige a los buscadores como Google o Yahoo! quitar el contenido ofensivo frente a la demanda legal, sin acciones ulteriores. En definitiva, alegan que los 2000 millones de usuarios de Internet del mundo tienen derecho a que su palabra tenga alcance global, inmediato y relativamente anónimo.
Pero, por más atractivos que resulten estos argumentos, lo razonable es que se prohíba la utilización de seudónimos en Internet. El argumento principal para eso es el avance del crimen organizado a través del anonimato que les proporciona la Web. El auge de los blogs , redes sociales y las casillas de correo virtuales (estilo Hotmail) han abierto numerosas oportunidades para la comisión de delitos transnacionales como la pedofilia, trata de personas, narcotráfico, tráfico de armas, entre otros delitos que ponen en riesgo la seguridad o la salud pública. A partir del acceso a Internet se puede mejorar, por ejemplo, la productividad y comunicación de las distintas células que conforman un grupo criminal, perfeccionándose así los procesos de conexión y planificación de sus crímenes. Además, el mundo virtual permite, en cuestión de segundos, transportar las ganancias ilegales de un lugar a otro y, finalmente, reciclarlas y esconderlas con la ayuda de sociedades off-shore constituidas en los denominados paraísos fiscales.
Facebook, por ejemplo, tiene más de 1000 millones de personas suscriptas. Sin embargo, aún no cuenta con un mecanismo de control idóneo que permita verificar que quienes incluyen su perfil personal son quienes en realidad dicen ser. Lo mismo ocurre con el sistema de e-mails virtuales, que permite abrir cuentas de correo sin dejar más rastros que una serie de datos personales, nunca verificados por la empresa proveedora del servicio gratuito. Estos son tan sólo algunos de los muchos beneficios que proporciona la globalización a los grupos criminales.
Entonces, está claro que el derecho a expresarse libremente por Internet es un derecho universal, indispensable para la vida en democracia. Sin embargo, su ejercicio no es absoluto e ilimitado. Esto significa que el uso de Internet no puede servir de móvil para la comisión de otros delitos. Internet y el crimen organizado son realidades de impacto global, que requieren de una respuesta legal supranacional, y también doméstica. En el plano internacional existe un tratado del Consejo Europeo contra la "ciberdelincuencia", que la Argentina suscribió, pero aún no ratificó por ley. Además, tampoco contamos con ninguna norma nacional que exija a las empresas de Internet un control efectivo sobre la identidad de sus usuarios. La recomendación parece evidente: el Congreso debe ratificar cuanto antes el destacado convenio internacional y crear un marco legal adecuado, que regule debidamente el uso y acceso a Internet. Todo, con miras a restringir el marco de impunidad que proporciona a los criminales el mundo del ciberespacio.