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Dilemas del funcionario corrupto

Dilemas del funcionario corrupto

La Nación - 17 de agosto de 2012

Inspirado en la "teoría de los dilemas", trataré de explicar la relación que existe entre la corrupción, el lavado de dinero y la declaración anual de impuestos y bienes personales.

Imaginemos a un funcionario de gobierno que guarda en un lugar seguro un millón de dólares en efectivo, proveniente de sucesivos actos de corrupción. El primer dilema al que se enfrentará es: ¿conservo y/o consumo el dinero en el mercado informal o paralelo o someto el dinero a una operación de legitimación de activos? La primera opción es riesgosa. La mera movilización o acumulación de importantes sumas de dinero sin justificativo contable puede llamar la atención de terceros y ser la prueba misma de los actos de corrupción. A su vez, la segunda opción es más útil y necesaria, si lo que pretende el funcionario es transformar el producido de la corrupción en bienes tangibles, de valor monetario y ubicados en el mercado legal y regulado.

Por definición, el lavado de dinero se refiere al proceso de conversión de dinero proveniente de una fuente criminal A en activos derivados de una fuente legal B. Y la consolidación final del blanqueo resulta ser la contabilización y declaración de los bienes reciclados en declaraciones juradas de bienes e impuestos. Pero el proceso de lavado de dinero suele ser complejo y costoso, y por eso en muchos casos reservado sólo para especialistas en el arte del blanqueo.

Por esto, el segundo dilema del funcionario corrupto podrá ser: ¿estoy en condiciones de blanquear yo mismo los dólares acumulados o necesitaré de la ayuda técnica de terceros especialistas? Es natural que este segundo interrogante se resuelva en favor de delegar la tarea del blanqueo en profesionales con capacidad técnica y contable para concluir la operación de lavado con el mayor grado de sigilo, impunidad y anonimato posible.

Según el criminólogo Guy Stessens, de la Universidad de Cambridge, las operaciones de blanqueo permiten satisfacer dos incentivos básicos de cualquier criminal: primero, disfrutar de sus activos mal habidos mediante la compra de objetos de valor y lujo tales como motocicletas importadas, automóviles de alta gama, casas de veraneo o hasta aviones privados; segundo, invertir el producido del delito en negocios rentables económicamente, ya sea la compra de un hotel, un restaurante o una fábrica de calzado o invirtiendo en cualquier negocio bursátil. Pero veamos cómo juegan ambos incentivos (disfrutar/invertir) en el modo de contabilizar y perfeccionar las declaraciones juradas de bienes, resultado final de muchas tipologías de blanqueo. Para eso, nos referiremos a dos escenarios.

Escenario uno: el funcionario utiliza gran parte del capital obtenido por la corrupción para la compra de una fábrica de zapatos, que casualmente se encuentra ubicada en la jurisdicción y órbita del ejercicio de sus funciones públicas. Pero no es necesario dar más detalles. Lo importante es que la inversión tiene como fin último realizar un buen negocio. Así, siguiendo a su incentivo de construcción económica, y con miras a lograr el mayor grado de impunidad en la inversión, su asesor formaliza la compra de la fábrica a nombre de testaferros amigos y de sociedades off-shore constituidas en paraísos fiscales. De ese modo, la empresa estará declarada, pero a nombre de estructuras pantalla que esconden al verdadero dueño de la inversión.

Escenario dos: el funcionario no pretende ganar más dinero; sólo quiere disfrutar del producido por sus actos de corrupción. Entonces, motivado por su ego material y placer personal, decide comprarse un piso en un barrio lujoso, una moto importada y una casa de veraneo. En este caso, su asesor en el arte de lavar recomienda perfeccionar las operaciones de compra en la declaración jurada del funcionario; sin acudir a terceros testaferros o prestanombres. La recomendación parece lógica. El funcionario y su asesor saben que el simple hecho de vivir en un departamento a nombre de una sociedad pantalla, o disfrutar de sus paseos en moto a nombre de un testaferro amigo puede llamar la atención de los organismos de contralor anticorrupción. De ese modo, se "cocinan" los estados contables del funcionario, con miras a generar ingresos ficticios que sirvan de sustento contable aparente para el aumento patrimonial de bienes.

Conclusión: el sistema de declaraciones juradas de los funcionarios públicos es un mecanismo eficaz para prevenir y controlar la corrupción y el lavado de activos. Sin embargo, todavía hay provincias y municipios que no han implementado un sistema de control efectivo sobre las declaraciones juradas de sus funcionarios. La corrupción y el lavado de dinero no tienen partido político ni distinguen fronteras municipales o regionales. En consecuencia, la recomendación parece evidente: todas las provincias deberían contar con una oficina anticorrupción que reciba y controle las declaraciones patrimoniales de sus funcionarios.